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Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las personas que van a manejar el Instituto de Deportes de Tlatlaya deben salir del mismo ambiente deportivo del municipio. O sea, tienen que ser gente que conozca bien a los deportistas y a la comunidad de Tlatlaya, y que esté comprometida con ellos. Nada de meter a cualquier persona que no tenga idea del deporte local.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y sociedad en general del Municipio de Tlatlaya, México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.