Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las personas que van a manejar el Instituto de Deportes de Tlatlaya deben salir del mismo ambiente deportivo del municipio. O sea, tienen que ser gente que conozca bien a los deportistas y a la comunidad de Tlatlaya, y que esté comprometida con ellos. Nada de meter a cualquier persona que no tenga idea del deporte local.
Texto oficial
Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y sociedad en general del Municipio de Tlatlaya, México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.