Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 3 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya tiene derechos y obligaciones como cualquier persona o empresa, por lo que puede hacer contratos o tener deudas. Además, se le da libertad para organizarse y tomar decisiones sin que el municipio lo controle directamente, pero siempre con el objetivo de cumplir con su deber de promover el deporte y la actividad física en el pueblo. En palabras más simples, el instituto puede manejar sus propios asuntos para asegurarse de que la gente de Tlatlaya tenga oportunidades de hacer ejercicio y practicar deportes.
Texto oficial
Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlatlaya, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio, de promover el deporte y la cultura física.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.