Artículo 12 de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Sistema Estatal debe juntarse de forma normal al menos cada cuatro meses. También puede tener juntas extraordinarias cuando sea necesario, si algún miembro lo pide, el presidente lo aprueba y la Secretaría Ejecutiva manda la invitación.
Texto oficial
Artículo 12.- El Sistema Estatal sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada cuatro meses. El Sistema Estatal podrá sesionar de manera extraordinaria cuando sea necesario, a petición de cualquiera de los integrantes del mismo, previa aprobación del Presidente y convocatoria que emita la Secretaría Ejecutiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.