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Artículo 24 de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cumplir con el informe del artículo anterior, todos los miembros del Sistema Estatal (grupos del gobierno y otras autoridades) tienen que ayudar a hacerlo. Es decir, deben trabajar juntos y cooperar para que ese reporte se realice. No se trata de que uno solo lo haga, sino de un esfuerzo en equipo.

Texto oficial

Artículo 24.- Para efectos de dar cumplimiento al artículo anterior, los integrantes del Sistema Estatal coadyuvarán en la realización de dicho informe. CAPÍTULO QUINTO DE LAS AUTORIDADES ESTATALES Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 06 de septiembre de 2010. Última reforma POGG: 27 de marzo de 2026. LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO 9

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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