Artículo 32 de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades de acceder y disfrutar de sus derechos sociales (como salud, vivienda o educación), el gobierno del estado y los municipios deben hacer varias cosas. Tienen que informar a la gente sobre sus derechos y cómo exigirlos, y hacer estudios con visión de género (tomando en cuenta las diferencias entre mujeres y hombres) sobre este tema. También deben crear programas para reducir la pobreza y promover que tanto mujeres como hombres compartan de forma justa las responsabilidades de la casa y la familia. Finalmente, deben impulsar investigaciones sobre salud que consideren las necesidades específicas de cada género.
Texto oficial
Artículo 32.- Para lograr la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a los derechos sociales y el pleno disfrute de ellos, las autoridades estatales y municipales desarrollarán las acciones siguientes: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 06 de septiembre de 2010. Última reforma POGG: 27 de marzo de 2026. LEY DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DEL ESTADO DE MÉXICO 13 I. Difundir en la sociedad el conocimiento de sus derechos sociales y los mecanismos para su exigibilidad; II. Realizar investigaciones multidisciplinarias con perspectiva de género sobre la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres, en el acceso y disfrute de los derechos sociales; III. Impulsar acciones que aseguren la igualdad de acceso de mujeres y de hombres al disfrute de los derechos sociales; IV. Diseñar políticas y programas de desarrollo social y de reducción de la pobreza con perspectiva de género, para lograr la igualdad de trato y oportunidades; V. Fomentar la corresponsabilidad familiar y social igualitaria, de mujeres y hombres; y VI. Promover investigaciones con perspectiva de género en materia de salud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.