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Artículo 35 de la Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de las Mujeres será la encargada de proponer un plan con las reglas para que empresas o instituciones puedan obtener una certificación en igualdad de género. Para eso, la Secretaría debe hacer dos cosas: primero, definir los criterios para que todo se maneje con perspectiva de género, o sea, tomando en cuenta las necesidades de mujeres y hombres. Segundo, establecer cómo se va a capacitar y asesorar a grupos externos al gobierno para que puedan validar los conocimientos sobre igualdad de género. En pocas palabras, esta dependencia pone las reglas del juego para que otros puedan certificarse en el tema.

Texto oficial

Artículo 35. Será la Secretaría de las Mujeres la que propondrá el modelo que contenga los mecanismos de ejecución para impulsar la certificación, para lo que deberá: I. Definir los lineamientos de gestión con perspectiva de género; y II. Establecer las bases para el asesoramiento, adecuación y capacitación por parte de las instancias externas a la administración pública que en su caso validen los conocimientos con perspectiva de género. CAPITULO DÉCIMO PRIMERO DE LA VIGILANCIA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.