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Artículo 11 de la Ley que crea el Banco de Tejidos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Gobierno es el grupo de personas que toman las decisiones más importantes del Banco de Tejidos del Estado de México, y hay cosas que solo ellos pueden hacer, sin pasárselas a nadie más. Por ejemplo, ellos deciden las reglas generales y las prioridades del banco, como en qué áreas enfocarse (productividad, investigación, desarrollo tecnológico y administración). También aprueban los planes de trabajo, el dinero que se va a gastar, la organización del banco y los manuales para atender al público. Además, eligen o quitan a los jefes y supervisan que todo funcione bien con la ayuda de auditores.

Texto oficial

Artículo 11.- La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones indelegables: I. Establecer, en congruencia con los programas sectoriales, especiales y regionales, en su caso, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Banco, relativas a productividad, investigación, desarrollo tecnológico y administración general; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de septiembre de 2010. Última reforma POGG: 22 de junio de 2023. LEY QUE CREA EL BANCO DE TEJIDOS DEL ESTADO DE MÉXICO 4 II. Aprobar los programas y presupuestos del Banco, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable; III. Aprobar la estructura de la organización del Banco y las modificaciones que procedan a la misma; IV. Aprobar el Reglamento Interior; V. Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General, con la intervención que corresponda a los comisarios; VI. Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del Banco; VII. Nombrar y remover a propuesta del Director General, a los servidores públicos del Banco; VIII. Autorizar la creación de Comités de Apoyo que podrán ser permanentes o temporales; IX. Designar y remover, a propuesta del Presidente, a quien en su caso funja como Secretario; X. Aprobar la creación de nuevas áreas de investigación y servicios; XI. Aprobar el Manual de Organización Específico, los Manuales de Procedimientos y de los de Servicios al Público; y XII. Las demás que señale el presente ordenamiento y las demás disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.