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Ley
Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Artículo
20

Artículo 20 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y el IME (el Instituto Mexiquense del Emprendedor, que apoya a los negocios) van a crear programas para ayudar a las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas) del Estado de México. Estos programas buscan que los dueños de negocios y emprendedores sepan cómo ser más competitivos, modernicen sus instalaciones y capaciten a sus trabajadores para que trabajen mejor. También quieren que entiendan los beneficios de invertir en investigación y nuevas tecnologías para ganar más dinero a largo plazo. Además, se harán estudios para ver si un negocio es viable, cómo está el mercado y qué tecnología necesita, y se apoyará a estudiantes y recién egresados para que hagan proyectos que ayuden a mejorar las empresas. En pocas palabras, todo esto tiene como objetivo crear una cultura empresarial de calidad, innovadora y solidaria en el estado.

Texto oficial

Artículo 20.- La Secretaría, en coordinación con el IME, diseñará e implementará programas de promoción y apoyo a las MIPYMES mexiquenses para: I. Identificar y definir criterios de competitividad en todas las áreas del desarrollo empresarial y personal, como base para realizar, planear y dirigir negocios en el Estado; II. Concientizar a los empresarios y emprendedores sobre la importancia de la modernización de su infraestructura para la competitividad y la rentabilidad de las empresas; III. Sensibilizar a los empresarios, emprendedores y trabajadores sobre la importancia y trascendencia de la eficiencia en el trabajo, a través de la capacitación y el establecimiento de relaciones laborales basadas en la confianza, mediante el establecimiento de objetivos y metas de corto y mediano plazo, capaces de comprometer a empleados y empleadores; IV. La concientización sobre los beneficios de invertir en investigación e innovación tecnológica para el incremento, a largo plazo, de la rentabilidad de la empresa; V. La realización de estudios de factibilidad, de mercado, de tecnología, así como procesos de capacitación y de certificación de calidad; VI. La asociación con profesionistas recién egresados o estudiantes de las universidades establecidas en el Estado, para la realización de proyectos de investigación que puedan ser presentados como tesis u opciones de titulación, y al mismo tiempo utilizados por las MIPYMES mexiquenses en la mejora de sus procesos; y VII. En general, cualquier programa que tenga por objeto desarrollar una cultura empresarial de calidad, competitiva, solidaria e innovadora. Sección Segunda Del Instituto Mexiquense del Emprendedor

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México (pág. 13) ↗

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