Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es para beneficiar a todos los habitantes del Estado de México y nadie puede estar por encima de ella. Su propósito es ayudar a que la economía crezca y el estado sea más competitivo, atrayendo inversiones tanto de México como del extranjero. La idea es que esas inversiones generen empleos que mejoren la calidad de vida de la gente que vive en el Estado de México. En pocas palabras, busca que lleguen más negocios para que haya más y mejores trabajos.
- Art. 2Esta ley aplica en todo el Estado de México y quien la hace cumplir es el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, con ayuda de la Secretaría de Finanzas y un grupo llamado Consejo Estatal de Fomento Económico. La idea principal es que todas las actividades económicas se hagan de forma sustentable, es decir, cuidando el medio ambiente a largo plazo. Los municipios también tienen que echar la mano para lograr esto, siguiendo lo que digan las reglas. Además, para hacer trámites, todas estas dependencias deben usar herramientas digitales, como internet, siguiendo las políticas de Gobierno Digital. Por último, los ciudadanos y empresas pueden ayudar adoptando medidas de prevención, como mejorar la seguridad, para que la economía crezca en un ambiente más tranquilo.
- Art. 3Este artículo es como un diccionario que define las palabras clave que se usan en esta ley de apoyo a los negocios del Estado de México. Por ejemplo, te dice que un **Adulto Mayor** es la persona que la ley de adultos mayores ya reconoce como tal, y que una **Empresa** puede ser desde una persona que vende cosas por su cuenta hasta una compañía grande. También aclara que el **Fomento económico** son las acciones del gobierno, como dar menos impuestos, para que los negocios crezcan y generen más empleos en el estado.
- Art. 4Este artículo dice que las autoridades encargadas de aplicar esta ley son el Gobernador del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, y también la Secretaría de Finanzas. Además, incluye a cualquier otra dependencia o institución que tenga la responsabilidad de hacer ciertos trámites relacionados con abrir o manejar un negocio. El Consejo solo va a ayudar a estas autoridades en su trabajo. Por último, los municipios deben apoyar la economía de manera que vaya de acuerdo con la ley estatal y con los planes de desarrollo del estado y de cada municipio.
- Art. 5El gobierno se compromete a tomar acciones concretas para mejorar la economía del estado. Esto incluye crear políticas públicas que consideren a todos y promuevan la igualdad de género, buscando atraer inversiones y generar empleos bien pagados. Para lograrlo, trabajará en equipo con empresas, universidades y organizaciones sociales. También se enfocará en apoyar negocios que cuiden el medio ambiente (como emprendimientos verdes) y en fortalecer las industrias que ya son importantes para la región. Además, el gobierno dará asesoría, capacitación y acceso a créditos para que cualquier persona pueda iniciar o hacer crecer su negocio, ya sea pequeño, mediano o verde.
- Art. 6Este artículo dice que la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del fomento económico) tiene que ayudar a los negocios de varias maneras. Por ejemplo, debe crear herramientas tecnológicas para que puedas hacer trámites más rápido al abrir o expandir tu empresa. También debe ofrecerte cursos y capacitación para que mejores la organización, producción y ventas de tu negocio, y apoyarte para que modernices tus procesos. Otras formas de ayuda incluyen promover el cuidado del medio ambiente, juntar a pequeños negocios para que sean más fuertes, crear zonas industriales y comerciales, buscar inversionistas extranjeros, y vincular a las empresas con bancos para obtener créditos baratos. Si alguna de estas acciones requiere dinero del gobierno, la Secretaría lo acordará con las autoridades correspondientes.
- Art. 7La Secretaría va a crear reglas técnicas sobre cómo deben funcionar y estar diseñados los lugares donde se venden cosas, como centrales de abasto, mercados, tianguis, rastros y plazas comerciales. También va a ayudar a las autoridades federales, de acuerdo con los acuerdos que tengan, a dar a conocer y aplicar esas reglas para que la industria, el comercio y los servicios funcionen bien en el estado.
- Art. 8El artículo 8 dice que el Sistema Estatal está formado por varias partes: las autoridades encargadas de impulsar la economía, un Consejo, el IME, el IIFAEM, el IFOMEGEM, y varios programas y mecanismos para apoyar a los negocios y el desarrollo del estado, como incentivos para invertir. Esos programas deben hacerse de forma incluyente y tomando en cuenta a hombres y mujeres por igual. Todo esto sirve para cumplir con los objetivos que marca la ley.
- Art. 9El Consejo es un grupo de personas que se encarga de planear cómo mejorar la economía del estado. Su chiste es diseñar políticas, estrategias y programas para atraer inversiones y apoyar los negocios. Todo esto lo hacen con el objetivo de que la economía crezca y sea más competitiva. En otras palabras, se dedican a buscar maneras de que haya más trabajo y dinero circulando en tu estado.
- Art. 10El Consejo está formado por varias personas con puestos importantes. Lo encabeza el secretario o secretaria de la dependencia que maneja el tema, y si él o ella no puede, lo reemplaza alguien que él mismo designa. También hay un vicepresidente de finanzas, que es el secretario de finanzas, y varios secretarios más de áreas como trabajo, desarrollo urbano, movilidad, medio ambiente, salud, entre otras. Además, participan la persona que dirige el Consejo de Ciencia y Tecnología, la del Consejo Indígena, 12 presidentes municipales, 3 diputados, y representantes de empresarios, la universidad, notarios, el Congreso del Trabajo y las incubadoras de negocios. Todos estos cargos son honoríficos, es decir, no les pagan, y los que no son los principales jefes solo pueden dar su opinión, pero no votar en las decisiones.
- Art. 11Este artículo dice quién puede ocupar el lugar de algunos miembros de un consejo cuando no puedan asistir. Por ejemplo, si falta alguien importante de una dependencia del gobierno, su jefe puede nombrar a un subsecretario para que lo reemplace. En otros casos, como los presidentes municipales, ellos mismos eligen a su suplente. Los que entran de suplentes tienen los mismos poderes que los titulares. El resto de los reemplazos se definen según lo que decida cada institución.
- Art. 12El Consejo puede crear equipos o grupos pequeños, llamados comités o comisiones, para ayudarle a hacer su trabajo. Estos equipos funcionarán según las reglas que se escriban en un documento llamado Reglamento Interno. En otras palabras, el Consejo no trabaja solo, sino que se apoya en grupos especiales para cumplir con sus tareas. Todo lo que hagan debe seguir lo que diga ese reglamento.
- Art. 13Este artículo dice que un grupo, llamado el Consejo, tiene varias tareas. Entre ellas, tiene que estudiar los problemas económicos del Estado de México, proponer soluciones y sugerir metas de crecimiento para el año. También debe crear un plan de apoyos (como becas o recursos) para atraer nuevas empresas, ayudar a las que ya están y apoyar proyectos en zonas pobres. Además, tiene que revisar cada año si esos apoyos realmente funcionan y presentar un informe al Gobernador con los resultados.
- Art. 14El Consejo se junta tres veces al año en reuniones normales. La primera es a más tardar en febrero para recibir el informe de resultados del año anterior y proponer áreas donde enfocar los incentivos de ese año. La segunda es a más tardar en julio para evaluar esos mismos resultados y decidir las prioridades para el programa de incentivos del año siguiente. La tercera es a más tardar la primera semana de octubre para aprobar ese programa, que se envía al Gobernador del Estado antes de la primera semana de noviembre. También pueden tener juntas extra si el Gobernador lo pide, y para que las decisiones sean válidas deben estar presentes al menos la mitad más uno de los miembros; si hay empate, el Presidente decide.
- Art. 15El artículo 15 dice que los apoyos o beneficios del programa anual pueden ser de dos tipos: fiscales (como pagar menos impuestos) o no fiscales (como recibir dinero o capacitación). Para recibirlos, tienes que cumplir con los requisitos que marca el reglamento y estar registrado en la lista oficial de beneficiarios. Las dependencias encargadas, como la Secretaría de Hacienda, van a definir cómo controlar y revisar que todo se haga correctamente. Además, si te dan algún incentivo, te pueden pedir información sobre los resultados que lograste con él.
- Art. 16El artículo 16 dice que el gobierno va a dar apoyos o incentivos (como dinero o beneficios) primero a las empresas que cuiden el medio ambiente y a la sociedad. Para recibirlos, las empresas deben cumplir con varias reglas, como usar menos recursos naturales, reciclar materiales, no contaminar el aire, el suelo o el agua, y también ayudar a que las zonas rurales y urbanas estén más equilibradas. Además, deben seguir los planes de desarrollo de la ciudad y hacer acciones para reparar o recuperar áreas dañadas. Por último, el Consejo (un grupo de autoridades) puede agregar otras reglas cuando sea necesario.
- Art. 17Los apoyos que no sean dinero o descuentos de impuestos sirven como un extra a lo que tú ya inviertas en tu negocio. También se suman a cualquier ayuda que te den los municipios, otras dependencias de gobierno o empresas privadas. La idea es que todos esos apoyos juntos impulsen tu proyecto productivo. No te van a resolver todo, solo son un complemento de lo que tú ya pones.
- Art. 18La Secretaría (la dependencia del gobierno del Estado de México) va a crear planes y formas de ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) para que sean más rentables, crezcan y se consoliden. Luego, esos planes se los presentará al Consejo para que los incluya en el Programa Anual de Incentivos, que es el programa anual de apoyos. Todo esto se hace con el objetivo de que esos negocios crezcan, se fortalezcan y se diversifiquen (es decir, que no dependan de un solo producto o servicio).
- Art. 19Cuando el gobierno del Estado va a comprar cosas o contratar servicios, debe darle preferencia a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), siempre y cuando ofrezcan las mismas condiciones que una empresa grande. Esto se hace para ayudar a que estos negocios crezcan, se diversifiquen y se fortalezcan, lo que a su vez impulsa la economía local. Si la compra es de menos de 8 mil veces el valor diario de la UMA (una unidad que se usa para calcular montos oficiales), se buscará que participen principalmente MIPYMES del Estado de México. La Oficialía Mayor es la encargada de poner las reglas para que esto se cumpla.
- Art. 20La Secretaría y el IME (el Instituto Mexiquense del Emprendedor, que apoya a los negocios) van a crear programas para ayudar a las MIPYMES (micro, pequeñas y medianas empresas) del Estado de México. Estos programas buscan que los dueños de negocios y emprendedores sepan cómo ser más competitivos, modernicen sus instalaciones y capaciten a sus trabajadores para que trabajen mejor. También quieren que entiendan los beneficios de invertir en investigación y nuevas tecnologías para ganar más dinero a largo plazo. Además, se harán estudios para ver si un negocio es viable, cómo está el mercado y qué tecnología necesita, y se apoyará a estudiantes y recién egresados para que hagan proyectos que ayuden a mejorar las empresas. En pocas palabras, todo esto tiene como objetivo crear una cultura empresarial de calidad, innovadora y solidaria en el estado.
- Art. 21El IME es una oficina del gobierno del Estado de México que funciona por sí sola, con su propio dinero y su propia personalidad legal. Depende de una Secretaría estatal. Su oficina principal está en Toluca, pero puede poner sucursales en cualquier parte del Estado de México, de todo el país o incluso en el extranjero.
- Art. 22El Instituto Mexiquense del Emprendedor (IME) tiene como propósito ayudar a que la economía del Estado de México mejore y que la gente viva mejor. Para lograrlo, apoya a quienes quieren iniciar un negocio nuevo o hacer crecer uno que ya tienen. También busca fomentar una cultura de emprender, trabajando junto con inversionistas, universidades y el gobierno. Además, aprovecha las ventajas que tiene el estado para atraer inversiones que generen empleo y desarrollo. Por último, también debe cumplir con lo que otras leyes y normas le indiquen.
- Art. 23El IME (Instituto Mexiquense del Emprendedor) tiene varias tareas para ayudar a los emprendedores a echar a andar sus negocios. Por ejemplo, debe fomentar tu creatividad para que encuentres oportunidades de negocio y darte asesoría para hacer tu plan de negocios. También tiene que apoyarte para que consigas financiamiento, capacitarte para mejorar tu empresa y ayudarte a conectar con otros emprendedores o empresas para que tu proyecto crezca. Además, se encarga de organizar ferias, proponer mejoras para que sea más fácil hacer trámites y dar seguimiento a los negocios que ya apoyó.
- Art. 24El artículo 24 dice que el Instituto tiene dos personas o grupos encargados de tomar las decisiones y poner orden: el Consejo Directivo y el Director General. El Consejo Directivo es como la junta de jefes que define las reglas grandes, y el Director General es quien se encarga del día a día. Además, el Consejo Directivo tiene la tarea de crear un reglamento interno donde se expliquen todos los detalles de cómo debe trabajar y organizarse el Instituto.
- Art. 25Este artículo dice quiénes forman parte del grupo más importante que toma decisiones dentro del Instituto, que se llama Consejo Directivo. El jefe de este grupo es el secretario o secretaria de la dependencia, y hay un secretario técnico que es el director general del Instituto. También hay un comisario, que es alguien de la Secretaría de la Contraloría, y 11 vocales de distintas dependencias como Finanzas, Trabajo y Bienestar. Los invitados especiales, como representantes de la Legislatura o de empresas, solo pueden dar su opinión pero no votar, y todos los miembros tienen un suplente por si faltan.
- Art. 26El Consejo Directivo debe seguir las reglas marcadas en una ley especial sobre cómo organizar sus juntas. Todos los acuerdos que tome este Consejo se tienen que publicar en el periódico oficial del gobierno del Estado de México, que se llama Gaceta del Gobierno. Eso significa que cualquier decisión importante que tomen será pública y cualquiera la puede consultar.
- Art. 27El Consejo Directivo es como la junta de jefes del Instituto. Sus funciones principales son: decidir las reglas generales del Instituto (como las políticas y los planes), aprobar los proyectos importantes y el presupuesto (cuánto dinero entra y sale), y revisar los informes de resultados (incluyendo el reporte anual). También puede pedir en cualquier momento que le expliquen cómo van los programas, formar equipos para estudiar temas especiales, y aprobar los manuales de organización. Por último, se encarga de gestionar los recursos económicos necesarios con otras dependencias del gobierno para que el Instituto funcione.
- Art. 28El artículo 28 dice que el Gobernador del Estado puede nombrar o quitar al Director del Instituto cuando quiera, sin necesidad de una razón especial. Este Director tiene muchas funciones, como representar al Instituto legalmente, pero para vender o comprometer bienes (actos de dominio) necesita el permiso del Consejo Directivo. También debe proponer reglas y planes al Consejo, firmar acuerdos con gobiernos o empresas, y presentar un informe de lo que hace cada año. Además, puede sugerir quién ocupa los puestos importantes dentro del Instituto y pedir la creación de fideicomisos, que son como fondos especiales para proyectos. Todo lo que no esté aquí, pero lo digan otras leyes o el Consejo Directivo, también es su responsabilidad.
- Art. 29Este artículo dice de dónde sale el dinero y los bienes del Instituto. Básicamente, el Instituto puede tener ingresos por su trabajo, por dinero que le den el gobierno u otras personas, por herencias o regalos, por cosas que compre, y por ganancias de inversiones. Todo ese dinero solo se puede usar para los programas que apruebe el Consejo Directivo, siguiendo las leyes.
- Art. 30El Gobernador del Estado es quien decide cómo cerrar, cambiar, unir con otra o desaparecer el Instituto, pero siempre siguiendo las reglas de una ley especial que controla cómo funcionan estos organismos. Además, antes de hacer cualquier cambio, las secretarías de Finanzas y de la Contraloría deben revisar y dar el visto bueno para que sea válido.
- Art. 31El artículo 31 dice que las industrias culturales se dedican a crear y vender productos artísticos y creativos, como música, películas o artesanías, con el fin de obtener ganancias. También tienen el objetivo de hacer que el Estado de México sea un lugar más llamativo y competitivo en México y en el extranjero. Para lograrlo, la Secretaría de Cultura y Turismo (la dependencia del gobierno estatal encargada de estos temas) va a crear programas y políticas que ayuden, apoyen y promuevan el crecimiento de estas industrias culturales.
- Art. 32En el Estado de México, la artesanía es considerada algo muy importante para la economía y la cultura, por eso se le da prioridad. El Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías (IIFAEM) va a trabajar con el sistema educativo para incluir temas de artesanía en las escuelas. Esto busca que la gente conozca y valore más las artesanías de las diferentes regiones del estado. También quiere que la artesanía se vea como un negocio que puede dar dinero. La idea es que todos aprendan a apreciar este trabajo como parte de la identidad mexiquense.
- Art. 33El IIFAEM (el instituto encargado de las artesanías) tiene que hacer varias cosas para apoyar a los artesanos. Primero, cuidar y promover el trabajo artesanal, tanto en lo económico como en lo cultural. También debe organizar talleres y enseñar cómo administrar los talleres artesanales. Además, tiene que preservar las técnicas tradicionales y capacitar a nuevos artesanos. Finalmente, debe trabajar con el gobierno y empresas para proteger las artesanías como parte de la cultura y reconocer a los artesanos como creadores y emprendedores.
- Art. 34La Secretaría (la dependencia encargada) va a apoyar la creación de "incubadoras de empresas", que son como escuelas o talleres donde te ayudan a armar un negocio de artesanías. También buscará formas (mecanismos) para conseguir el dinero necesario para los planes de negocio. Para que ese dinero llegue a tiempo y en la cantidad que se necesita, el IIFAEM (el Instituto de Artesanías del Estado de México) le pedirá a la Secretaría que haga los trámites con la Secretaría de Finanzas. Todo esto se hará de acuerdo al presupuesto y a las prioridades que ya estén definidas.
- Art. 35El IIFAEM es una institución del gobierno del Estado de México que se dedica a investigar, rescatar, preservar y promover la venta de artesanías y artes populares. Su trabajo incluye capacitar y asesorar a los artesanos, ayudarles a conseguir materiales baratos y vender sus productos directamente, sin intermediarios. También puede gestionar préstamos con intereses bajos para los artesanos, proteger los recursos naturales que se usan para hacer artesanías y crear una marca oficial del Estado de México para sus productos. Además, lleva un registro de todos los artesanos del estado y los asesora para registrar sus marcas y proteger sus creaciones.
- Art. 36El IIFAEM (Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México) es manejado por un grupo llamado Consejo Directivo y por un Director General. El Consejo Directivo incluye a cuatro vocales (personas con derecho a voto) que son representantes de las secretarías de Finanzas, Trabajo, Educación y Contraloría. También hay invitados permanentes, que son artesanos de cada región artesanal del estado. El Director General es elegido por el gobernador del Estado de México, pero el Consejo Directivo propone quién debe ser. El funcionamiento interno del instituto se rige por un reglamento que el propio Consejo Directivo crea.
- Art. 37El patrimonio (todo lo que posee) del IIFAEM se forma con varias cosas: los bienes que ya tiene, el dinero que gane haciendo su trabajo, los apoyos económicos que reciba del gobierno federal, estatal y municipal, y cualquier herencia, donación o regalo que le den. También incluye todo lo que compre o adquiera legalmente para cumplir sus metas, más las ganancias, intereses y otros ingresos que obtenga de sus actividades. Todo ese dinero solo se puede usar en los programas que apruebe su Consejo Directivo.
- Art. 38El IFOMEGEM es una oficina del gobierno que no depende directamente de un secretario, tiene su propio dinero y puede tomar decisiones legales por sí misma. Su trabajo principal es ayudar a que la minería crezca en el Estado de México y hacer estudios sobre las rocas y el suelo para la minería y el medio ambiente. Entre sus tareas están: fomentar el buen uso de los minerales sin acabar con ellos, hacer investigaciones para encontrar nuevos minerales, apoyar a otras dependencias con estudios geológicos, y ayudar a mitigar el daño ambiental que causa la minería. También trabaja con el gobierno federal para mantener actualizada la lista de quiénes tienen permiso para explotar minas. Para conseguir dinero para estos proyectos, el IFOMEGEM le pide a la Secretaría correspondiente que haga los trámites necesarios con la Secretaría de Finanzas.
- Art. 39El IFOMEGEM es manejado por un Consejo Directivo y un Director General. El Consejo está formado por representantes de varias dependencias, como Finanzas, Contraloría y Desarrollo Urbano, entre otras. También hay invitados permanentes de dependencias federales y locales que opinan pero no deciden. El Director General es elegido por el Gobernador del Estado, a sugerencia del presidente del Consejo. Todo el funcionamiento interno del organismo se rige por un reglamento propio que crea el mismo Consejo.
- Art. 40Este artículo dice de dónde saca dinero y bienes el IFOMEGEM para funcionar. Su patrimonio se forma con lo que ya tiene, lo que gana haciendo su trabajo, y los recursos que le den el gobierno federal, estatal o municipal. También incluye herencias, donaciones o regalos que le hagan, y cualquier cosa que compre o adquiera legalmente para cumplir su objetivo. Además, cuenta con las ganancias, intereses o rendimientos que generen sus bienes o actividades. Todo ese dinero solo se puede usar para los programas que apruebe su Consejo Directivo.
- Art. 41La Secretaría (la dependencia del gobierno estatal encargada del desarrollo económico) va a crear y manejar un sistema estatal de información sobre la economía. Su objetivo es juntar y organizar datos para evaluar cómo van las actividades económicas en el estado y para dar información útil a quienes participan en ellas. Todas las oficinas del gobierno estatal y municipal, y las empresas que tengan el Certificado de Empresa Mexiquense, están obligadas a entregar a la Secretaría los reportes que les pida.
- Art. 42La Secretaría va a crear un registro oficial, llamado Registro Estatal de Desarrollo Económico, donde va a guardar de forma ordenada toda la información que recolecte mediante el sistema del artículo anterior. Este registro es público, o sea, cualquier persona puede consultarlo, pero no sirve para probar que algo sea legal ni afecta los derechos de otras personas que no estén directamente involucradas. En otras palabras, si algo aparece en el registro, no significa que automáticamente sea válido frente a los demás. También se habla de un "Certificado de Empresa Mexiquense", que es un documento que puedes obtener para demostrar que tu negocio cumple con ciertos requisitos en el Estado de México.
- Art. 43Las empresas que están en el Estado de México pueden pedirle a la Secretaría que las meta en un registro especial para obtener un Certificado de Empresa Mexiquense. Para lograrlo, tienen que dar información sobre cómo se crearon, a qué se dedican y sus características, tal como lo pide el reglamento. Esa información solo se puede usar para los fines de ese sistema y registro, nada más. Si la empresa cambia algún dato de los que ya había dado, debe avisarle a la Secretaría.
- Art. 44Antes de que puedas inscribir tu empresa en el Registro, la Secretaría tiene que ir al domicilio que diste para verificar cuatro cosas. Primero, que tu negocio realmente esté ubicado en el Estado de México. Segundo, que tenga al menos un lugar donde opere allí. Tercero, que pagues tus impuestos en el mismo Estado. Y cuarto, que cumplas con las reglas de sustentabilidad que marca la ley, si aplica. Si todo está en orden, te dan el Certificado de Empresa Mexiquense sin cobrarte nada, tanto la inscripción como el certificado son gratis.
- Art. 45Si una agrupación de empresarios ya registrada y con permiso da el visto bueno de que una empresa cumple con todo lo que pide la ley, entonces ya no hace falta hacer la visita que dice el artículo anterior. Esa visita se da por hecha con ese aval. La agrupación tiene que estar legalmente formada y anotada en el Registro. Así se ahorran el trámite de la inspección.
- Art. 46El artículo 46 dice que el registro y el Certificado de Empresa Mexiquense se pueden cancelar o dar de baja en cuatro casos: primero, si tú mismo lo pides; segundo, si la persona dueña del negocio fallece, en el caso de que sea una persona física (es decir, un negocio individual); tercero, si la empresa se liquida o desaparece, cuando se trata de una persona jurídica colectiva (como una sociedad o compañía); y cuarto, si la Secretaría determina cancelarlo porque comprueba que la persona o empresa certificada ya no cumple con los requisitos que se pedían para darle el certificado.
- Art. 47Si tienes el Certificado de Empresa Mexiquense, el gobierno del Estado puede darte beneficios extra, aparte de los que ya incluye el Programa Anual de Incentivos. Estos apoyos adicionales son un premio por cumplir con los requisitos del certificado. En otras palabras, no solo recibes lo que ya está planeado para todas, sino que puedes obtener ventajas especiales. El gobierno decide cuándo y cómo dártelas, pero solo si ya tienes ese certificado.
- Art. 48Si tienes el Certificado de Empresa Mexiquense, puedes recibir beneficios de la ley si cumples con lo siguiente: crear nuevos empleos, invertir en tu negocio, capacitar a tu personal, usar nuevas tecnologías o reducir la contaminación. También aplica si ahorras agua o energía, modernizas el riego en el campo, participas en programas agrícolas o produces cultivos distintos según la región. Otros requisitos son: aumentar tus exportaciones, contratar a personas con discapacidad, adultos mayores o mujeres jefas de familia, y hacer alianzas con otras empresas. Por último, si firmas acuerdos para apoyar a madres lactantes y niños pequeños, también entras.
- Art. 49Las dependencias del gobierno del Estado de México les darán ciertos beneficios a las empresas que tengan el Certificado de Empresa Mexiquense. Por ejemplo, tendrán preferencia para participar en programas de apoyo económico y, si compiten en igualdad de condiciones con otras empresas, podrán ganar contratos de servicios o compras del gobierno, aunque su precio sea hasta un 5% más caro. También podrán promocionar sus productos en eventos nacionales e internacionales, recibir ayuda para comprar terrenos donde quieran trabajar, y hacer sus trámites más rápido a través de una ventanilla única. Además, tendrán acceso a cursos de capacitación para negocios y a otros beneficios que el Consejo autorice cada año.
- Art. 50Cada año, la Secretaría junto con el IME van a organizar un premio para las empresas que se porten muy bien, se llama Premio Mexiquense a la Excelencia Empresarial. El Consejo decide las reglas para entregarlo, y solo pueden ganarlo negocios que tengan su Certificado de Empresa Mexiquense y hayan hecho algo extraordinario en áreas como cuidar a sus trabajadores, ser muy competitivos, proteger el medio ambiente, exportar, apoyar a grupos vulnerables (como personas indígenas, con discapacidad o adultas mayores), promover la igualdad entre hombres y mujeres, o fomentar la identidad del Estado de México.
- Art. 51Las empresas que ganen el premio recibirán su reconocimiento y además las van a promocionar en los programas de difusión del Gobierno del Estado. También tendrán preferencia para pedir apoyo económico de los fondos del Programa Anual de Incentivos y de los programas del IME (Instituto de los Mexicanos en el Exterior), si es que ellas lo solicitan. Puede haber otros beneficios que se pongan en las bases de la convocatoria y otros más que decida el Consejo a partir de lo que propongan sus miembros.
- Art. 52Para abrir, operar o ampliar un negocio que afecte a la ciudad, necesitas varios permisos y trámites del gobierno. Uno de los más importantes es el **Dictamen de agua**, que te dice dónde conectar el drenaje y el agua potable según la Ley del Agua del Estado de México. También está el **Dictamen de Giro**, que lo da el municipio tras revisar temas de salubridad, sobre todo si vendes alcohol para tomar ahí mismo o manejas un rastro. Además, hay una **Evaluación de Impacto Estatal** cuando tu proyecto puede afectar cosas como el medio ambiente, la movilidad o los servicios públicos. Finalmente, necesitas un **Permiso sanitario** antes de construir y al ocupar el local, y una **Licencia de uso de suelo** que autoriza para qué usarás el terreno.
- Art. 53El Artículo 53 dice que el gobierno del Estado de México va a crear un listado, llamado Catálogo Mexiquense, con negocios pequeños o de bajo riesgo (como una papelería o una tienda de abarrotes). Si tu negocio aparece en esa lista, no tienes que hacer los trámites complicados que pide el artículo anterior, y en ese mismo catálogo te dirán qué requisitos sí te tocan. Además, para abrir tu negocio, usarás el sistema rápido SAREMEX (un portal en línea para permisos exprés), a menos que una ley especial exija un estudio de impacto estatal o un dictamen de giro (una revisión más estricta por el tipo de negocio).
- Art. 54El SAREMEX es un sistema que ayuda a que los trámites para abrir un negocio nuevo sean más rápidos y sencillos, siempre y cuando ese negocio no afecte a la región. En este sistema trabajan juntos el gobierno federal, estatal y municipal para coordinar todo. Además, la Secretaría va a hacer acuerdos con otras oficinas del gobierno para que el SAREMEX funcione bien.
- Art. 55El artículo 55 dice que el SAREMEX es un sistema que junta reglas, herramientas y acciones para revisar y coordinar los trámites que hacen los gobiernos del Estado de México y sus municipios. Estos trámites son para conseguir permisos, licencias o autorizaciones necesarias para poner un negocio, abrirlo, hacerlo funcionar o hacerlo más grande. Pero solo aplica para negocios que no necesiten un estudio especial de impacto ambiental o un dictamen de giro. Además, el SAREMEX debe seguir las reglas de Gobierno Digital para usar tecnología de la información en todos esos trámites, como hacerlos en línea.
- Art. 56El artículo 56 dice que los municipios son los encargados de atender los trámites de las empresas que usen el sistema SAREMEX. Para que eso funcione bien, las diferentes oficinas del gobierno tienen que trabajar juntas de forma coordinada. En pocas palabras, si eres empresario y usas SAREMEX, tu municipio es quien te ayuda con tus gestiones, pero todas las dependencias involucradas se ponen de acuerdo para agilizar el proceso.
- Art. 57El SUGE es un sistema que junta todas las actividades para organizar, checar y supervisar los trámites que hacen las autoridades cuando dan permisos, licencias o autorizaciones para poner o ampliar negocios en el Estado que afecten la ciudad. Básicamente, se asegura de que todo esté coordinado y bajo control. Esto aplica cuando un negocio va a generar cambios en el entorno urbano, como construir o modificar algo.
- Art. 58La Secretaría, por medio de su Dirección General de Atención Empresarial, es la encargada de operar el SUGE (un sistema para ayudar a abrir, operar y ampliar negocios). Entre sus tareas está recibir y revisar los papeles que entregues para tus trámites, y después decirte si todo está bien. También te orientan sobre qué trámites, programas o servicios necesitas para cumplir con tus obligaciones como negocio. Además, coordinan ventanillas de atención en diferentes regiones y usan medios digitales para hacer los trámites más rápidos y sencillos. Por último, pueden hacer otras actividades que digan el Reglamento o leyes parecidas.
- Art. 59El artículo 59 dice que las oficinas del gobierno que participan en el SUGE (un sistema para agilizar trámites) deben hacer varias cosas. Primero, tienen que cambiar sus reglas internas para que todo funcione bien y pedir menos documentos para dar permisos, licencias o autorizaciones. También deben fijar un tiempo máximo de respuesta de 7 días hábiles para los ciudadanos, pero hay casos especiales como cambios de uso de suelo, proyectos en zonas protegidas o de riesgo, y los relacionados con explosivos, que pueden tardar hasta 15 días hábiles. Además, tienen que avisarte que al usar el SUGE ahorras tiempo, darte una opinión anticipada sobre si tu proyecto es viable antes de que pagues o contrates algo, y mejorar continuamente los procesos. Por último, deben usar tecnología para hacer los trámites más fáciles.
- Art. 60La Comisión es un grupo formado por varias dependencias del gobierno que trabajan juntas. Su chamba es atender los trámites o solicitudes que hacen las empresas usando el sistema SUGE (el Sistema Único de Gestión Empresarial, que es como una ventanilla para hacer trámites de negocio). O sea, si tienes un negocio y haces un trámite por el SUGE, la Comisión se encarga de resolverlo. No es una persona, sino un equipo de varias instituciones coordinadas.
- Art. 61El artículo 61 dice quiénes forman parte de la Comisión. El jefe o jefa es el titular de la Secretaría (la persona que encabeza esa dependencia). Luego hay una Secretaría Técnica, que está a cargo del director o directora de Atención Empresarial. También hay un representante (vocal) de varias dependencias, como Protección Civil, Desarrollo Urbano, Medio Ambiente, Agua, Riesgos Sanitarios y la Consejería Jurídica. Si el presidente o presidenta no puede asistir a las reuniones, quien lo reemplaza es el titular de la Secretaría Técnica.
- Art. 62El artículo explica lo que puede hacer la Comisión para cumplir su trabajo. Básicamente, se encarga de atender y resolver los trámites que los negocios o empresarios pidan, pero solo si esos trámites se presentan por medio de la Dirección de Atención Empresarial de la Secretaría. También crea los formatos y pasos para recibir esos trámites y dar las respuestas. Además, puede sugerir a otras dependencias cómo simplificar o quitar trámites complicados para los negocios, dar a conocer el sistema de mejora regulatoria, y hacer todo lo que otras leyes le ordenen.
- Art. 63La Secretaría pedirá que los ayuntamientos creen grupos especiales (Comisiones de Atención Empresarial) para que todas las oficinas del gobierno municipal, estatal y federal trabajen juntas. El propósito es facilitar que los negocios, fábricas, centros comerciales y servicios se puedan instalar, abrir, operar o ampliar sin tantos problemas. Esto aplica para cualquier empresa que quiera operar dentro del Estado de México. Básicamente, buscan que los trámites sean más coordinados y rápidos para que los emprendedores no pierdan tiempo.
- Art. 64La Comisión siempre está lista para trabajar, como si estuviera en junta todo el tiempo. Pero sí debe reunirse formalmente al menos una vez cada seis meses. Esas juntas las programa el Secretario Técnico y avisa a todos los miembros por escrito (un oficio) con mínimo cinco días de anticipación.
- Art. 65Cuando la Comisión tome decisiones sobre proyectos de negocios, puede organizar visitas en grupo al lugar donde quieran instalar o ampliar una empresa, ya sea industrial, comercial o de servicios. En esas visitas tienen que ir todos los miembros de la Comisión, sin faltar nadie.
- Art. 66Los encargados de revisar cómo funcionan las oficinas que forman parte de la Comisión (los contralores internos) tienen que checar que se sigan las reglas al entregar permisos, licencias, documentos o cualquier resolución dentro de los tiempos marcados. También deben supervisar que se usen los tramites administrativos correctos para que la Comisión trabaje de manera rápida y eficiente. En pocas palabras, su chamba es asegurarse de que todo se haga como debe ser y sin retrasos.
- Art. 67La Dirección General de Atención Empresarial va a poner módulos de atención —como ventanillas o mostradores— adentro de las oficinas de las dependencias que forman parte de la Comisión, y también en los municipios. El objetivo es que en esos lugares puedas presentar y resolver tus solicitudes que se tramiten a través del Sistema Único de Gestión Empresarial (SUGE). Así, en vez de tener que ir a varias oficinas, encuentras un solo punto para hacer tus trámites de negocios.
- Art. 67 BisLos negocios en el Estado de México que tengan más de 3 vehículos pueden ponerles un GPS (rastreador satelital) si quieren. El patrón debe avisar a los empleados que va a instalar ese sistema, pero no necesita pedirles permiso. Las agencias de autos nuevos pueden ponerle GPS a los coches como medida de seguridad para los compradores. El dueño final decide si quiere o no ese rastreador, y para que funcione se necesita su autorización. Si compras un auto usado que no tiene GPS, tú puedes instalarlo por tu cuenta. La ley no te obliga, solo te da la opción.
- Art. 68La Secretaría puede pedirle al Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México que vaya a revisar los negocios de quienes reciben incentivos no fiscales (como apoyos o beneficios que no son de impuestos). Esto lo hacen para asegurarse de que todavía cumples con los requisitos que te dieron el incentivo y que estás logrando las metas que te pidieron. Básicamente, es una visita para checar que todo sigue en orden y que no estás fallando en lo que prometiste.
- Art. 69Este artículo dice que cuando los inspectores del gobierno quieran hacer una revisión o visita de verificación a un negocio, deben seguir al pie de la letra las reglas que marca el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y la Ley que creó el Instituto de Verificación Administrativa. En otras palabras, no pueden llegar a checar tu negocio sin cumplir primero con todos los pasos y requisitos que la ley ya tiene escritos. Tanto la orden para hacer la visita como el desarrollo de la misma tienen que ajustarse a esas normas. Así que si algún día te toca una inspección, ellos están obligados a actuar conforme a la ley, no a su criterio.
- Art. 70Este artículo dice que cuando una autoridad revisa tu negocio o proyecto y encuentra que no cumpliste con la ley, te van a citar para que puedas defenderte (dar tu versión). Después de escucharte, emitirán una resolución y, si es tu culpa, te aplicarán las sanciones correspondientes. Además de las multas, la dependencia puede decidir quitarte los apoyos o incentivos que hayas recibido, y hasta obligarte a devolver al gobierno el dinero de esos apoyos, el costo de la infraestructura pública que te hayan instalado y todos los gastos que el Estado haya hecho por ti. En el caso de los incentivos fiscales (como descuentos en impuestos), la Secretaría de Finanzas puede cobrarte los impuestos que no pagaste gracias al incentivo, más las multas, recargos y actualizaciones que normalmente tendrías que pagar por no cumplir con tus obligaciones fiscales.
- Art. 71Si alguien no respeta lo que dice esta ley, comete una falta administrativa. Esa falta será castigada siguiendo las reglas de dos leyes mexiquenses: el Código de Procedimientos Administrativos y la Ley de Responsabilidades Administrativas. En pocas palabras, si tú o cualquier persona incumples, el gobierno del Estado de México te aplicará las sanciones que vienen en esos documentos. No es que te inventen un castigo nuevo, sino que usan lo que ya está escrito ahí. Así que más vale cumplir para evitar problemas.
- Art. 72El artículo 72 dice que los servidores públicos (gente que trabaja en el gobierno) cometen una falta si hacen cosas que estorben o puedan estorbar a una empresa. Esas faltas incluyen: cambiar las reglas o procedimientos a propósito echar a perder o perder documentos de un negocio, armar mal los expedientes, hacer un trámite con flojera o mala intención, negarse a hacerlo sin una razón legal, usar información privada de forma incorrecta, dejar vencer los plazos para que aplique la “afirmativa ficta” (un trámite que se da por aprobado si no responden a tiempo), no cumplir con los tiempos de respuesta, pedir donaciones para algo que no está permitido, o cualquier otra cosa que cause daño o retraso a una empresa. Si un servidor público hace esto, le aplicarán un castigo según la ley de responsabilidades del Estado de México.
- Art. 73Este artículo dice que si recibes algún apoyo o incentivo del gobierno, puedes cometer infracciones (faltas) en las siguientes situaciones: si das información falsa para obtenerlo, si usas el dinero o recurso para otra cosa que no sea para lo que te lo dieron sin permiso de la autoridad, si le pasas el beneficio a alguien más sin autorización, si no cumples con lo que prometiste hacer en los plazos acordados sin una razón válida, si no entregas a tiempo los reportes que te piden, o si no avisas a la autoridad cuando cambian las condiciones por las que te dieron el apoyo o algo retrasa tus metas.
- Art. 74Este artículo dice que si cometes alguna de las faltas que se mencionan en el artículo anterior, te van a multar. La multa se calcula con base en la UMA (que es una unidad de medida que usa el gobierno para definir montos). Por ejemplo, si la falta es de las más graves (fracciones I a III), la multa va de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la UMA. En cambio, para faltas menos graves, como las de la fracción IV, la multa es de 500 a 1,500 veces ese mismo valor. Así, entre más seria sea la infracción, más alto es el rango de la multa que te pueden poner.
- Art. 75Si no cumples con lo que dice esta ley y cometes alguna de las faltas que ya se mencionaron antes, te pueden aplicar un castigo. Puede ser desde un simple llamado de atención, una multa, o incluso quitarte los apoyos o estímulos que te dieron. También te pueden obligar a devolver todo el dinero que hayas recibido como apoyo, más los gastos que el gobierno haya tenido por darte ese beneficio. Y si lo que te dieron fue un descuento de impuestos, tendrás que pagar los impuestos que te perdonaron, más multas, recargos y actualizaciones, como si nunca hubieras cumplido con tus obligaciones fiscales.
- Art. 76Si una autoridad toma una decisión o hace algo basándose en esta Ley, tú puedes inconformarte. Para eso, existen dos caminos: presentar un Recurso de Inconformidad o, si aplica, un Juicio Contencioso Administrativo. Ambos están explicados en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Es como si te dieran la oportunidad de decir "no estoy de acuerdo" y pelear legalmente esa decisión, usando los pasos que ya están establecidos en ese código.