Artículo 61 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 61 dice quiénes forman parte de la Comisión. El jefe o jefa es el titular de la Secretaría (la persona que encabeza esa dependencia). Luego hay una Secretaría Técnica, que está a cargo del director o directora de Atención Empresarial. También hay un representante (vocal) de varias dependencias, como Protección Civil, Desarrollo Urbano, Medio Ambiente, Agua, Riesgos Sanitarios y la Consejería Jurídica. Si el presidente o presidenta no puede asistir a las reuniones, quien lo reemplaza es el titular de la Secretaría Técnica.
Texto oficial
Artículo 61.- La Comisión se integra por: I. Una Presidencia, que estará a cargo de la persona Titular de la Secretaría; II. Una Secretaría Técnica, que estará a cargo de la persona titular de la Dirección General de Atención Empresarial de la Secretaría; y III. Una vocalía por cada una de las dependencias siguientes: a). Secretaría General de Gobierno: Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo; b). Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura: Dirección General de la Comisión de Impacto Estatal; c). Derogado. d). Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible: Direcciones Generales para el Territorio Sostenible, y de Protección y Restauración del Medio Ambiente; e). Secretaría del Agua: Comisión del Agua del Estado de México; f). Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México. g). Consejería Jurídica: Instituto de la Función Registral. En ausencia de la persona titular de la Presidencia en las sesiones de la Comisión, corresponderá a la persona titular de la Secretaría Técnica cumplir sus funciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.