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Artículo 8 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 8 dice que el Sistema Estatal está formado por varias partes: las autoridades encargadas de impulsar la economía, un Consejo, el IME, el IIFAEM, el IFOMEGEM, y varios programas y mecanismos para apoyar a los negocios y el desarrollo del estado, como incentivos para invertir. Esos programas deben hacerse de forma incluyente y tomando en cuenta a hombres y mujeres por igual. Todo esto sirve para cumplir con los objetivos que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 8.- El Sistema Estatal está conformado por: I. Las Autoridades de Fomento Económico; II. El Consejo; III. El IME; IV. El IIFAEM; V. El IFOMEGEM; y VI. Los programas y mecanismos de fomento empresarial para el desarrollo económico del Estado, incluidos los de incentivos y estímulos a la inversión productiva, los cuáles se procurarán realizar de manera incluyente y con perspectiva de género. El Sistema tendrá como finalidad contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Ley. Capítulo Segundo Del Consejo Estatal de Fomento Económico y Competitividad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.