Artículo 31 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 31 dice que las industrias culturales se dedican a crear y vender productos artísticos y creativos, como música, películas o artesanías, con el fin de obtener ganancias. También tienen el objetivo de hacer que el Estado de México sea un lugar más llamativo y competitivo en México y en el extranjero. Para lograrlo, la Secretaría de Cultura y Turismo (la dependencia del gobierno estatal encargada de estos temas) va a crear programas y políticas que ayuden, apoyen y promuevan el crecimiento de estas industrias culturales.
Texto oficial
Artículo 31.- Las industrias culturales tienen por objeto la elaboración, con fines comerciales, de productos artísticos y creativos en sus diferentes manifestaciones. Las industrias culturales tendrán por objetivo, además, hacer del Estado de México un destino atractivo y competitivo a nivel nacional e internacional. Para tal efecto, la Secretaría de Cultura y Turismo formulará políticas públicas que vinculen, respalden y fomenten el desarrollo de las industrias culturales del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.