Artículo 40 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice de dónde saca dinero y bienes el IFOMEGEM para funcionar. Su patrimonio se forma con lo que ya tiene, lo que gana haciendo su trabajo, y los recursos que le den el gobierno federal, estatal o municipal. También incluye herencias, donaciones o regalos que le hagan, y cualquier cosa que compre o adquiera legalmente para cumplir su objetivo. Además, cuenta con las ganancias, intereses o rendimientos que generen sus bienes o actividades. Todo ese dinero solo se puede usar para los programas que apruebe su Consejo Directivo.
Texto oficial
Artículo 40.- El patrimonio del IFOMEGEM se integra con: I. Los bienes con los que actualmente cuenta; II. Los ingresos que obtenga en el ejercicio de sus atribuciones; III. Las aportaciones, participaciones, subsidios y apoyos que le otorguen los gobiernos federal, estatal y municipales; IV. Legados, asignaciones, donaciones y demás bienes otorgados en su favor; V. Los bienes que adquiera por cualquier título legal para el cumplimento de su objeto; y VI. Las utilidades, intereses, dividendos, rendimientos de bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal o que provengan de sus actividades. Los ingresos del IFOMEGEM, así como los productos e instrumentos financieros autorizados, serán destinados y aplicados a las actividades señaladas en los programas aprobados por el Consejo Directivo. Capítulo Sexto Del Sistema Estatal de Información de Desarrollo Económico
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.