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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley157/71
Ley
Ley de Fomento Económico para el Estado de México
Artículo
71

Artículo 71 de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien no respeta lo que dice esta ley, comete una falta administrativa. Esa falta será castigada siguiendo las reglas de dos leyes mexiquenses: el Código de Procedimientos Administrativos y la Ley de Responsabilidades Administrativas. En pocas palabras, si tú o cualquier persona incumples, el gobierno del Estado de México te aplicará las sanciones que vienen en esos documentos. No es que te inventen un castigo nuevo, sino que usan lo que ya está escrito ahí. Así que más vale cumplir para evitar problemas.

Texto oficial

Artículo 71.- Las infracciones administrativas que se generen por el incumplimiento al contenido de esta Ley, se sancionarán de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento Económico para el Estado de México (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.