Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nezahualcóyotl, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley define los términos clave que se usan en ella. Cuando dice "Municipio", se refiere específicamente al de Nezahualcóyotl. El "Instituto" es la oficina del gobierno local que se encarga del deporte en ese municipio, y el "Consejo Municipal" es el grupo que lo supervisa. Una "Asociación Deportiva" es como un club grande que junta a otros más pequeños para participar en torneos oficiales, mientras que un "Club Deportivo" es un grupo más simple al que cualquiera se puede unir para hacer ejercicio. Finalmente, "Deporte" es cualquier actividad física que hagas para competir, divertirte o aprender, y un "Deportista" es quien la practica de manera habitual.
Texto oficial
Artículo 3.- Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. Municipio: Al Municipio de Nezahualcóyotl; II. Instituto: Al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nezahualcóyotl; III. Consejo Municipal: Al Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte de Nezahualcóyotl; IV. Asociación Deportiva: A la Organización Deportiva constituida en asociación civil, inscrita en el Registro Municipal. Que puede agrupar ligas y clubes deportivos para participar en competencias oficiales y tener representación ante las autoridades deportivas; V. Club Deportivo: A la Organización Deportiva que promueve la práctica de uno o más deportes a la que los deportistas de manera individual o en equipo pueden afiliarse; VI. Cultura Física: Al cumulo de bienes, conocimientos y valores generados por el individuo en sociedad, para, desarrollar y preservar la salud; VII. Deporte: A la actividad física practicada individualmente o en grupo con fines competitivos, formativos o recreativos, que permiten el desarrollo físico, mental y social del individuo; VIII. Deportista: Al individuo que practica de manera constante algún deporte; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE NEZAHUALCÓYOTL, MÉXICO 2 IX. Equipo: A la organización de deportistas de una sola especialidad que compiten en forma programada y constante; X. Liga Deportiva: A la organización deportiva que en cada especialidad o disciplina afilia clubes deportivos o equipos, con la finalidad de realizar competencias en forma programada y permanente; XI. Programas Municipales: A los programas municipales de cultura física y deporte de Nezahualcóyotl; y XII. Registros Municipales: A los registros municipales de cultura física y deporte de Nezahualcóyotl.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.