Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ayapango, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo escoge el Consejo Municipal, pero el Presidente Municipal es quien propone a la persona para el puesto. O sea, el Presidente sugiere un nombre y el Consejo decide si lo acepta o no. No puede ser nombrado alguien que el Presidente no haya propuesto primero. Es como una recomendación que tiene que ser aprobada por los demás miembros del Consejo.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.