Artículo 122 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Solo te pueden hacer descuentos de tu cuenta de ahorro para el retiro si le debes dinero al Instituto. Esa cuenta es la que usas para tu pensión, y no pueden tocarla por otras deudas. El descuento solo aplica cuando tú tienes un préstamo pendiente con ellos. En otras palabras, tu ahorro está protegido, a menos que seas tú quien les deba.
Texto oficial
ARTICULO 122.- Sólo podrán efectuarse descuentos al saldo de la cuenta individual obligatoria cuando el servidor público tenga algún adeudo con el Instituto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.