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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley16/123
Ley
Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Artículo
123

Artículo 123 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si renunciaste a tu trabajo como servidor público y te llevaste el dinero de tu cuenta de ahorro, pero después vuelves a trabajar como servidor público, puedes pedir que te regresen ese dinero. Te tienen que devolver tanto el monto original como los intereses que generó mientras estuvo en otra parte. Para eso, tienes que hacer el trámite correspondiente.

Texto oficial

ARTICULO 123.- En caso de que el servidor público que hubiera retirado el saldo de su cuenta individual, por motivo de separación, reingrese al servicio público, podrá tramitar la devolución del fondo transferido más los intereses generados en cualquier otro sistema.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.