Artículo 147 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los créditos a mediano plazo son préstamos que no se pagan de inmediato, sino en un tiempo medio (generalmente de uno a cinco años). Para que te los den, tienes que ofrecer algún tipo de garantía (como una casa, un carro o un aval) que la ley ya tiene definida en sus reglas secundarias. Además de eso, también se aplica lo que dice el artículo 144 de esta misma ley, que seguro habla de otros requisitos o condiciones. En pocas palabras, si pides un préstamo a mediano plazo, te pedirán garantías específicas y seguirán las reglas de otro artículo.
Texto oficial
ARTICULO 147.- Los créditos a mediano plazo se concederán mediante el otorgamiento de las garantías determinadas en las disposiciones reglamentarias de esta ley, independientemente de aplicarse lo dispuesto en el artículo 144 de la misma. SECCION CUARTA DE LOS CREDITOS A LARGO PLAZO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.