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Artículo 148 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas para el gobierno o eres pensionado, tienes derecho a pedir un préstamo a largo plazo para comprar, construir o mejorar tu casa, o para pagar deudas por esos mismos conceptos. Te lo pueden dar si has aportado al Instituto por más de dos años. Solo puedes usarlo para una de esas tres opciones (comprar, construir o mejorar), y además debes dar una garantía que cubra el préstamo.

Texto oficial

ARTICULO 148.- Los servidores públicos y los pensionados tendrán derecho a obtener créditos a largo plazo para la adquisición, construcción o mejoramiento de su vivienda familiar o para el pago de adeudos generados por estos conceptos. Estos créditos podrán otorgarse a quienes hayan cotizado al Instituto por más de dos años, sólo para uno de los tres conceptos señalados y si la garantía es suficiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.