Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 152 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en el gobierno o eres pensionado y te dieron un crédito a largo plazo, no puedes pedir otro hasta que pagues todo el que debes. Cuando liquides ese préstamo, te pueden dar uno nuevo, pero solo para comprar tu casa, hacer reparaciones o quitar deudas que tengas sobre ella. No sirve para otra cosa, como un carro o un viaje. En resumen, solo te prestan una vez y únicamente para temas de tu vivienda.

Texto oficial

ARTICULO 152.- El servidor público o pensionado al que se le haya otorgado un crédito a largo plazo no tendrá derecho a que se le conceda otro de la misma naturaleza mientras permanezca insoluto el anterior. Sólo se le otorgará un nuevo crédito de este tipo hasta que el crédito anterior haya sido totalmente liquidado, el cual sólo podrá destinarse para redimir gravámenes o para ampliar o efectuar reparaciones en la casa de su propiedad. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de enero de 2002. Última reforma POGG 17 de diciembre de 2025. LEY DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS 32

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.