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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley16/154
Ley
Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Artículo
154

Artículo 154 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto puede prestarte hasta el 80% del enganche de una casa, pero solo una vez en la vida. Esto aplica cuando ya tienes una hipoteca sobre la casa que estás comprando. El préstamo es solo para cubrir esa parte del pago inicial, no para otros gastos.

Texto oficial

ARTICULO 154.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de esta ley, el Instituto podrá otorgar créditos por única vez para sufragar hasta el 80 % del enganche correspondiente a una vivienda con gravamen hipotecario sobre el inmueble adquirido.

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios (pág. 32) ↗

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