Artículo 154 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Instituto puede prestarte hasta el 80% del enganche de una casa, pero solo una vez en la vida. Esto aplica cuando ya tienes una hipoteca sobre la casa que estás comprando. El préstamo es solo para cubrir esa parte del pago inicial, no para otros gastos.
Texto oficial
ARTICULO 154.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de esta ley, el Instituto podrá otorgar créditos por única vez para sufragar hasta el 80 % del enganche correspondiente a una vivienda con gravamen hipotecario sobre el inmueble adquirido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.