Artículo 27 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un fondo o sistema de ahorro se queda sin dinero o no tiene lo suficiente, el gobierno y las instituciones públicas tienen que poner más lana para cubrirlo. Esto pasa mientras se hacen los estudios necesarios para ajustar las cuotas o aportaciones. En otras palabras, si falta dinero, las instituciones públicas entran al quite para que no haya bronca, hasta que se decida cómo cambiar los pagos.
Texto oficial
ARTICULO 27.- Los casos de déficit o insuficiencia de reservas, se cubrirán mediante aportaciones extraordinarias a cargo de las instituciones públicas, en tanto se proponen las modificaciones a las cuotas y aportaciones con base en los estudios respectivos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.