- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Municipal se junta a trabajar mínimo cada tres meses en reuniones normales o de rutina. Además, puede reunirse de forma extraordinaria cuando se necesite, sin importar cuántas veces sea. Esto significa que si hay un asunto urgente, pueden llamar a una junta fuera de lo programado.
Texto oficial
Artículo 21.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.