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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal se junta a trabajar mínimo cada tres meses en reuniones normales o de rutina. Además, puede reunirse de forma extraordinaria cuando se necesite, sin importar cuántas veces sea. Esto significa que si hay un asunto urgente, pueden llamar a una junta fuera de lo programado.

Texto oficial

Artículo 21.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.