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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director del instituto tiene que vigilar que se cumplan los programas y metas que tenga la organización. También debe llevar a cabo todo lo que acuerde el Consejo Municipal, como si fuera su jefe. Puede firmar convenios y contratos con otras personas o instituciones para que los planes del instituto funcionen. Por último, tiene la obligación de armar la estructura de cómo va a trabajar el instituto, es decir, decidir los puestos y áreas que lo componen.

Texto oficial

Artículo 24.- Son facultades y obligaciones del director: I. Vigilar el cumplimiento de los programas y objetivos del instituto; II. Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Municipal; III. Celebrar acuerdos y contratos de coordinación para el cumplimiento de planes y proyectos del instituto; y IV. Integrar su estructura orgánica de operación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.