Artículo 30 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 30 explica de dónde saca su dinero y bienes el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca. Básicamente, el Ayuntamiento le da el 2% de todo el presupuesto del municipio para que funcione. También recibe terrenos, edificios, muebles y equipo que el gobierno municipal le asigne, además de apoyos económicos, subsidios y servicios de los gobiernos federal, estatal y municipal. Puede obtener ingresos por donativos, cooperaciones, rentas de sus instalaciones o concesiones, y hasta lo que gane por cobrar por los servicios que ofrece, como clases o renta de espacios. Todo esto forma su patrimonio.
Texto oficial
Artículo 30.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tezoyuca, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio; II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado; III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal; IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEZOYUCA, MÉXICO 7 V. Los ingresos y utilidades que obtengan por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.