Artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Bienestar es la oficina del gobierno del Estado de México que se encarga de diseñar y poner en marcha los planes para ayudar a la gente más necesitada. Su trabajo principal es mejorar las condiciones de vida de quienes están en situación de pobreza, asegurándose de que tengan las mismas oportunidades para salir adelante. También debe conectar los recursos y las prioridades del gobierno para que las acciones realmente sirvan para reducir la pobreza y generar desarrollo en todas las regiones del estado. En pocas palabras, esta secretaría busca que todos los habitantes del Estado de México tengan una vida más digna y justa.
Texto oficial
Artículo 36. La Secretaría de Bienestar es la dependencia encargada de planear, coordinar, dirigir y evaluar la política en materia de desarrollo social, desarrollo regional e infraestructura para el desarrollo, así como vincular las prioridades, estrategias y recursos para elevar el nivel de vida de la población más desprotegida en el Estado. Deberá promover, coordinar y ejecutar acciones que contribuyan al bienestar y combatir la pobreza de la población; igualar el acceso a las oportunidades de desarrollo y generar mejores condiciones de vida para la población en situación de pobreza de la Entidad, buscando con ello, el desarrollo humano y el bienestar de todos los habitantes del Estado de México. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 11 de septiembre de 2023. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO 23
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