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Artículo 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobernador del estado puede hacer acuerdos con el presidente de la república, con gobernadores de otros estados o con los presidentes municipales (alcaldes) para juntar recursos y trabajar juntos. Esto puede ser para ofrecer servicios públicos como agua o recolección de basura, construir carreteras o puentes, o hacer cualquier cosa que beneficie a la comunidad. Es decir, se trata de que las autoridades se pongan de acuerdo para resolver problemas o mejorar la vida de la gente.

Texto oficial

Artículo 5. La persona titular del Poder Ejecutivo del Estado podrá convenir con la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, de otras Entidades Federativas y de los ayuntamientos de la Entidad, la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras o la realización de cualquier otro propósito de beneficio colectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.