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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley17/61
Ley
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México
Artículo
61

Artículo 61 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Tribunal de Justicia Administrativa tiene la libertad de decidir sus propios casos sin que nadie le dé órdenes o lo presione, ni siquiera el gobierno. Eso quiere decir que cuando emite una resolución (es decir, cuando da su fallo o sentencia), lo hace de manera independiente y solo basándose en la ley. Ninguna otra autoridad puede decirle cómo debe resolver. Esto es para garantizar que sus decisiones sean justas y no estén influenciadas por intereses externos. En pocas palabras, este tribunal es autónomo para hacer su trabajo.

Texto oficial

Artículo 61. El Tribunal de Justicia Administrativa gozará de plena autonomía jurisdiccional en la emisión de sus respectivas resoluciones.

Ver texto oficial de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México (pág. 65) ↗

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