Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zumpango, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene varias tareas importantes para manejar el Instituto de Deportes de Zumpango. Una de ellas es aprobar el reglamento interno del Instituto y darle dirección sobre cómo debe funcionar. También puede aprobar los proyectos, planes y programas que el director del Instituto proponga. Además, revisa y da luz verde a los estados financieros, informes y al presupuesto anual. El Consejo también nombra o remueve al director, evalúa los planes, busca dinero de otras fuentes y puede invitar a servidores públicos de otros niveles de gobierno a las reuniones cuando sea necesario.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atributos del Consejo Municipal: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zumpango; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zumpango; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar, remover o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de otros ordenamientos legales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.