Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Metepec, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los miembros principales del Consejo Municipal (presidente, secretario y regidores) se quedan en su puesto todo el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. En cambio, los otros integrantes del consejo pueden ser reemplazados si el Presidente Municipal lo propone.
Texto oficial
Artículo 19.- Los miembros del Consejo Municipal durarán en su cargo el período constitucional de la administración municipal para la cual fueron designados, esto para el caso de presidente, secretario y regidor, para el caso de los demás integrantes estos podrán ser sustituidos a propuesta del Presidente Municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.