Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jaltenco, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo enumera las facultades y obligaciones del director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jaltenco. El director tiene la función de representar al Instituto, cumplir con los acuerdos del Consejo Municipal y vigilar que se cumplan los objetivos y programas del Instituto. También puede hacer convenios y contratos, presentar al Consejo los proyectos de presupuesto, comprar bienes autorizados y tomar lo necesario para que los programas se realicen correctamente. Además, debe cumplir con todo lo que le pidan la ley, el reglamento interno y el Consejo Municipal.
Texto oficial
Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jaltenco; II. Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Municipal; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del Instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del Instituto; V. Presentar ante el Consejo Municipal el proyecto del programa operativo del Instituto; VI. Presentar ante el Consejo Municipal el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir conforme a las normas y previa autorización del consejo los bienes necesarios para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; y IX. Las demás que confiere la presente ley, el reglamento interno y el Consejo Municipal. CAPÍTULO QUINTO DE SU PATRIMONIO
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