Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jaltenco, México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El alcalde o presidenta municipal propone a una persona para ser el director, y luego el Consejo Municipal decide si la acepta o no. Este director es como el jefe de un área del ayuntamiento, y solo puede entrar al cargo si el Consejo lo aprueba.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.