Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jaltenco, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El alcalde o presidenta municipal propone a una persona para ser el director, y luego el Consejo Municipal decide si la acepta o no. Este director es como el jefe de un área del ayuntamiento, y solo puede entrar al cargo si el Consejo lo aprueba.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por el Consejo Municipal a propuesta del Presidente Municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.