Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tultepec, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto tiene que hacer cada año un plan de cuánto dinero va a gastar y en qué lo va a usar, además de calcular cuánto dinero piensa recibir. Ese plan lo revisa y autoriza primero el Consejo del Instituto, y luego lo manda al Ayuntamiento para que ellos decidan si lo aceptan o le hacen cambios. En pocas palabras, el Ayuntamiento tiene la última palabra para aprobar o modificar cómo el Instituto va a manejar su dinero.
Texto oficial
Artículo 19.- El Instituto deberá elaborar sus presupuestos anuales de operación y de inversión, especificándose los ingresos que espera recibir y la forma en que ejercerá sus recursos disponibles. Estos presupuestos debidamente autorizados por el Consejo serán sometidos a la consideración del Ayuntamiento, quien en su caso podrá modificarlos o aprobarlos. CAPÍTULO OCTAVO DEL CONTROL Y VIGILANCIA DEL INSTITUTO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.