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Artículo 10 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En el Estado de México, el sistema educativo va a promover que todas las personas aprendan cinco cosas principales. Primero, sentir orgullo de su identidad y su comunidad, respetando las diferentes culturas e idiomas que existen en México, para convivir en armonía sin importar las diferencias. Segundo, ser ciudadanos responsables, practicando valores como la honestidad, la justicia, la solidaridad y la libertad. Tercero, participar activamente para mejorar la sociedad, usando el pensamiento crítico, el diálogo y la reflexión en todos los ámbitos. Cuarto, cuidar el medio ambiente y entender cómo nuestra relación con la naturaleza afecta lo social, lo económico y lo ecológico. Y quinto, respetar y cuidar el bienestar de los animales, para que desde niños hasta adultos aprendamos a tratarlos con dignidad y a entender su importancia para la salud y el equilibrio de la vida.

Texto oficial

Artículo 10. En el Estado de México se fomentará en las personas una educación basada en: I. La identidad y el sentido de pertenencia, además del respeto desde la interculturalidad, para considerarse como parte de una nación pluricultural y plurilingüe con una historia que cimienta perspectivas del futuro, que promueva la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social; II. La responsabilidad ciudadana, sustentada en valores como la honestidad, la justicia, la solidaridad, la reciprocidad, la lealtad, la libertad, entre otros; III. La participación activa en la transformación de la sociedad, al emplear el pensamiento crítico a partir del análisis, la reflexión, el diálogo, la conciencia histórica, el humanismo y la argumentación para el mejoramiento de los ámbitos social, cultural, político y económico; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de febrero de 2024. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO 5 IV. El respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación con la naturaleza y de los temas sociales, ambientales y económicos, así como su responsabilidad para la ejecución de acciones que garanticen su preservación y promuevan estilos de vida sostenibles; y V. El respeto, cuidado y bienestar de los seres sintientes, con el fin de promover en niñas, niños y adolescentes, y personas adultas la ética en el trato digno y responsable hacia ellos, así como la comprensión de su relación con el equilibrio biológico y la salud integral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.