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Artículo 117 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad educativa de tu estado va a trabajar de la mano con una comisión nacional dedicada a mejorar la educación. Su objetivo es revisar cómo están los maestros, las escuelas y los procesos educativos en tu estado, para recibir comentarios que ayuden a mejorar las clases. Las evaluaciones que se hagan en todo el país deben seguir una ley especial que viene del artículo 3 de la Constitución, la cual trata justamente de cómo mejorar la educación de manera constante.

Texto oficial

Artículo 117. La autoridad educativa estatal, coadyuvará con la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación sobre las cualidades de los actores, instituciones o procesos del Sistema Educativo Estatal, con la finalidad de contar con una retroalimentación que promueva una acción de mejora en la educación. Las evaluaciones a las que se refiere el Sistema Educativo Nacional, serán conforme a la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación. Título Octavo Del Federalismo Educativo Capítulo Único De la distribución de la función social en educación en el Estado de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.