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Artículo 4 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que las autoridades educativas del Estado de México y de los municipios son las encargadas de hacer que se cumpla esta ley. También deben verificar que todo lo que dice la ley se aplique correctamente. Esto lo hacen siguiendo las reglas que ya marca la Ley General de Educación, que es la que reparte qué le toca hacer a cada autoridad educativa.

Texto oficial

Artículo 4. La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponde a las autoridades educativas del Estado de México y de los municipios, en los términos que establece la Ley General en el marco de distribución de competencias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.