Artículo 4 de la Ley de Educación del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 4 dice que las autoridades educativas del Estado de México y de los municipios son las encargadas de hacer que se cumpla esta ley. También deben verificar que todo lo que dice la ley se aplique correctamente. Esto lo hacen siguiendo las reglas que ya marca la Ley General de Educación, que es la que reparte qué le toca hacer a cada autoridad educativa.
Texto oficial
Artículo 4. La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponde a las autoridades educativas del Estado de México y de los municipios, en los términos que establece la Ley General en el marco de distribución de competencias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.