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Artículo 42 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la educación inclusiva son todas las acciones para encontrar, evitar y quitar los obstáculos que no dejan que los estudiantes entren, se queden, participen y aprendan en la escuela. También busca eliminar cualquier tipo de discriminación, exclusión o separación injusta entre los alumnos. Se trata de valorar que todos somos diferentes, y por eso el sistema educativo debe adaptarse para tratar a cada estudiante con justicia, según sus necesidades, gustos, habilidades y su forma de aprender.

Texto oficial

Artículo 42. La educación inclusiva se refiere al conjunto de acciones orientadas a identificar, prevenir y reducir las barreras que limitan el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los educandos, al eliminar prácticas de discriminación, exclusión y segregación. La educación inclusiva se basa en la valoración de la diversidad, adaptando el Sistema Educativo para responder con equidad a las características, necesidades, intereses, capacidades, habilidades y estilos de aprendizaje de todos y cada uno de los educandos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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