Artículo 70 de la Ley de Educación del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los papás, las mamás o los tutores de estudiantes de primaria, secundaria y preparatoria deben revisar las mochilas y bolsos de sus hijos antes de que entren a la escuela, ya sea pública o privada. La idea es evitar que los niños o jóvenes lleven objetos o sustancias prohibidas, como armas o drogas, y así prevenir la violencia dentro de las instituciones.
Texto oficial
Artículo 70. Las madres y padres de familia o tutores revisarán periódicamente las mochilas y bolsos de los educandos que cursen educación básica y media superior, antes de su ingreso a las instituciones de educación pública o privada a efecto de prevenir cualquier introducción de objetos o sustancias prohibidas y con ello prevenir cualquier tipo de violencia. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 29 de febrero de 2024. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO 23
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