Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley180/71
Ley
Ley de Educación del Estado de México
Artículo
71

Artículo 71 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mamá, papá o tutor de un estudiante de preescolar, primaria, secundaria o preparatoria (pública o privada), tienes derecho a estar presente cuando revisen la mochila o bolsa de tu hijo. Nadie puede abrir sus cosas sin que tú estés ahí o hayas dado tu permiso. Esa revisión solo puede hacerse para cuidar la seguridad de todos en la escuela.

Texto oficial

Artículo 71. Las madres y padres de familia o tutores participarán en los procedimientos que impliquen la revisión de mochilas o bolsos de sus hijas, hijos o pupilos que cursen educación básica y media superior en las instituciones de educación pública o privada. Capítulo VII De otros complementos del proceso educativo

Ver texto oficial de la Ley de Educación del Estado de México (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.