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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley180/84
Ley
Ley de Educación del Estado de México
Artículo
84

Artículo 84 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las cooperativas dentro de las escuelas deben promover comidas y bebidas saludables para los alumnos, nada de pura chatarra. Además, tienen que seguir las reglas que ponga la autoridad educativa federal, como la SEP. Esto aplica para todas las cooperativas que operen con participación de la comunidad escolar.

Texto oficial

Artículo 84. Las cooperativas que funcionen con la participación de la comunidad educativa tendrán un compromiso para fomentar estilos de vida saludables en la alimentación de los educandos y su operación será con apego a los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal y a las demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Educación del Estado de México (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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