Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 92 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado tiene la obligación de comprar un seguro escolar para todos los niños y niñas que estudien en escuelas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) dentro del sistema estatal de educación. Este seguro cubrirá accidentes que pasen en la escuela. Además, el gobierno puede dar apoyos económicos o subsidios para ayudar a pagar este seguro si es necesario. Por otro lado, todas las escuelas privadas que tengan permiso oficial del gobierno para funcionar deben contratar y mantener vigente un seguro que cubra los gastos médicos de los estudiantes por accidentes escolares y también pague una indemnización si un estudiante muere por accidente dentro del plantel escolar.

Texto oficial

Artículo 92. La autoridad educativa estatal realizará la contratación de un seguro escolar contra accidentes para los educandos que cursen el tipo básico dentro del Sistema Educativo Estatal. Dichas disposiciones contendrán los esquemas de subsidios que, en su caso, contemple el Gobierno Estatal. Las escuelas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, deberán contar con una póliza vigente de seguro de gastos médicos para los educandos que cubra el accidente escolar e indemnización por muerte accidental en el plantel educativo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.