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Artículo 24 de la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en el Seguro de Desempleo, tienes varios derechos. Te dan un apoyo económico cada mes por hasta 6 meses, con la cantidad que se fije según el presupuesto disponible. También te ofrecen capacitación en distintos temas para que aprendas cosas nuevas y consigas trabajo, y te inscriben en la bolsa de trabajo de la Secretaría del Trabajo. Además, te ayudan a buscar un empleo formal que vaya con tu perfil, y puedes tener otros derechos que salgan en la convocatoria y reglas del programa.

Texto oficial

Artículo 24.- Los beneficiarios del Seguro de Desempleo tendrán los siguientes derechos: I. Apoyo económico mensual por concepto del Seguro de Desempleo, que no excederá de seis meses, de conformidad con los montos establecidos según el presupuesto autorizado para tales efectos; II. Capacitación en materias diversas, que faciliten su acceso a un empleo, tendientes a ampliar sus conocimientos y habilidades; III. Estar inscritos en la bolsa de trabajo de la Secretaría del Trabajo; IV. Ser promovidos para obtener un empleo formal, de acuerdo a sus perfiles técnicos y profesionales; con los empleadores inscritos en la bolsa de trabajo; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de septiembre de 2011. Última reforma POGG: 29 de abril de 2025. LEY DEL SEGURO DE DESEMPLEO PARA EL ESTADO DE MÉXICO 9 V. Las demás contenidas en la convocatoria y las reglas de operación del Seguro de Desempleo respectivo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.