Artículo 33 de la Ley del Seguro de Desempleo para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú, como beneficiario del Seguro de Desempleo, desobedeces lo que dice esta ley o las reglas que salgan de ella, te pueden cancelar el seguro. Esto pasa aunque ya tengas otros castigos por otras leyes si cometiste algo más grave. En otras palabras, si haces trampa o no cumples con lo pactado, pierdes el apoyo económico, aparte de lo que te pueda pasar por otras faltas.
Texto oficial
Artículo 33.- El beneficiario que contravenga las disposiciones de la presente Ley o las disposiciones que de ésta se desprendan, será sancionado con la cancelación del Seguro de Desempleo, independientemente de las conductas punibles que, en su caso, establezcan otros ordenamientos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.