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Artículo 33 de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la persona que debe recibir una notificación no está en su casa o negocio, te dejan un aviso (citatorio) para que estés presente al día siguiente a una hora fija. Te advierten que, si no estás, la notificación se hará con cualquier otra persona que se encuentre ahí, y eso contará como si te la hubieran entregado a ti.

Texto oficial

Artículo 33.- Cuando las personas a quienes deba notificarse no se encuentren, se les dejará citatorio para que estén presentes a una hora determinada del día hábil siguiente, apercibiéndolas de que de no encontrarse, se entenderá la diligencia con quien se encuentre presente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.