Artículo 33 de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la persona que debe recibir una notificación no está en su casa o negocio, te dejan un aviso (citatorio) para que estés presente al día siguiente a una hora fija. Te advierten que, si no estás, la notificación se hará con cualquier otra persona que se encuentre ahí, y eso contará como si te la hubieran entregado a ti.
Texto oficial
Artículo 33.- Cuando las personas a quienes deba notificarse no se encuentren, se les dejará citatorio para que estén presentes a una hora determinada del día hábil siguiente, apercibiéndolas de que de no encontrarse, se entenderá la diligencia con quien se encuentre presente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.