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Artículo 29 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En una licitación pública (que es como una subasta donde el gobierno elige a quién comprarle productos o servicios), las reglas deben ser las mismas para todas las personas o empresas que quieran participar. Cualquier participante que cumpla con lo que pide la convocatoria tiene derecho a presentar su oferta. Las dependencias del gobierno, los tribunales y los ayuntamientos deben dar la misma información a todos los interesados, sin darle ventajas a nadie. Así se evita que haya favoritismos o trato especial para algún participante.

Texto oficial

Artículo 29.- En el procedimiento de licitación pública deberán establecerse los mismos requisitos y condiciones para todos los licitantes. Todo licitante que satisfaga los requisitos de la convocatoria y de las bases de la licitación tendrá derecho a presentar su propuesta. Las entidades, los tribunales administrativos y los ayuntamientos proporcionarán a los interesados igual acceso a la información relacionada con la licitación, a fin de evitar favorecer a algún participante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.