- Ley
- Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 49
Artículo 49 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El procedimiento de adjudicación directa es cuando el gobierno elige a una persona o empresa para darle un contrato sin hacer una competencia o concurso. Ese proceso se tiene que llevar a cabo siguiendo las reglas que están escritas en el reglamento de esta ley. En pocas palabras, aunque no haya una licitación, el gobierno debe cumplir con ciertos pasos oficiales para que todo sea legal y transparente.
Texto oficial
Artículo 49.- El procedimiento de adjudicación directa se substanciará con arreglo a el reglamento de esta Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.