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Artículo 49 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El procedimiento de adjudicación directa es cuando el gobierno elige a una persona o empresa para darle un contrato sin hacer una competencia o concurso. Ese proceso se tiene que llevar a cabo siguiendo las reglas que están escritas en el reglamento de esta ley. En pocas palabras, aunque no haya una licitación, el gobierno debe cumplir con ciertos pasos oficiales para que todo sea legal y transparente.

Texto oficial

Artículo 49.- El procedimiento de adjudicación directa se substanciará con arreglo a el reglamento de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.