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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley192/52
Ley
Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios
Artículo
52

Artículo 52 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La subasta inversa electrónica solo se puede usar para comprar cosas (bienes o servicios) que estén en un catálogo especial. Ese catálogo es el que menciona el artículo 20, segundo párrafo. En pocas palabras, si lo que quieres comprar no está en esa lista, no puedes usar este tipo de subasta. Es como una regla que limita a qué productos se aplica.

Texto oficial

Artículo 52.- La modalidad de subasta inversa electrónica sólo será aplicable para los procedimientos de adquisición de aquellos bienes y servicios que se encuentren inscritos en el catálogo de bienes y servicios específicos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20.

Ver texto oficial de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios (pág. 15) ↗

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