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Artículo 57 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Oficialía Mayor, los ayuntamientos y otras autoridades del Estado de México son los encargados de organizar las subastas públicas. Esto significa que ellos tramitan todo el proceso para vender bienes o servicios al mejor postor. Es como cuando rematan algo, pero aplicado a compras del gobierno. Así que si alguna vez ves una subasta pública, quienes la manejan son estas oficinas.

Texto oficial

Artículo 57.- La Oficialía Mayor, las entidades, los tribunales administrativos y los ayuntamientos tendrán a su cargo el trámite de los procedimientos de subasta pública. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 03 de mayo de 2013. Última reforma POGG 05 de abril de 2024. LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS 17

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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