Artículo 28 de la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Centro Estatal debe hacer cada año un plan de trabajo. Ese plan tiene que incluir metas claras, temas importantes que atender, y una lista de acciones y apoyos extra para lograrlo. Todo esto debe estar alineado con lo que dice el Programa Estatal para cumplir con lo que promete.
Texto oficial
Artículo 28. El Centro Estatal preparará un plan anual de trabajo con objetivos específicos, prioridades temáticas y una lista de acciones y de medidas complementarias y que estará ligado al cumplimiento de la ejecución del Programa Estatal. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de julio de 2013. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA, CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO 13 Capítulo Segundo De su Evaluación
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